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Lanza una oferta inmobiliaria tokenizada en España

Abre un inmueble español a inversores que no pueden comprar el edificio entero. Una oferta fraccionada vende participaciones de la sociedad propietaria, de modo que una ronda la completan muchos en lugar de uno.

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Bienes raíces en España
Marco legal

La ley española resolvió la tokenización inmobiliaria en 2023

La Ley 6/2023 otorga a los valores registrados en tecnología de registro distribuido la misma condición que a una anotación en cuenta tradicional. Las emisiones se inscriben en un registro público de la CNMV.

  • Se aplican las normas de valores, no MiCA

    Una participación tokenizada en una sociedad inmobiliaria es un instrumento financiero. Estos se rigen por MiFID II y la normativa española del mercado de valores. MiCA regula los criptoactivos y deja fuera los instrumentos financieros.

  • Alguien debe llevar el registro

    Toda emisión sobre un registro distribuido necesita una entidad responsable del registro designada, y la CNMV la publica. Así lo establece la Ley 6/2023. Tu abogado decide quién asume ese papel.

  • Sin folleto: por debajo de 12 millones de euros

    Si captas menos de 12 millones de euros en doce meses no necesitas folleto. A cambio, solo puedes vender a inversores en España.

  • Con folleto: sin límite, en toda Europa

    Publica un folleto aprobado por la CNMV y no habrá límite al importe que captes. También podrás vender en toda la UE.

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Cómo empezar

Cómo empezar

  1. 1. Cuéntanos sobre el inmueble

    Qué posees y cuánto quieres captar. Te decimos con claridad si encaja, incluso cuando no encaja.

  2. 2. Se suma un abogado español

    Nuestro socio local expone las vías, con o sin folleto, y lo que cada una te cuesta en tiempo y alcance. Tú eliges y ellos construyen la estructura en torno a esa elección.

  3. 3. Lanzamos tu plataforma

    Montamos la plataforma con tu marca y tu dominio, con el contrato del token, las verificaciones de inversores y el portal del inversor. El contrato inteligente está auditado por Hacken

El trabajo legal y el lanzamiento avanzan en paralelo. En España, la inscripción en el registro de la CNMV lleva ahora unos dos meses, y es esa parte la que marca el ritmo.

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Conviene saber

Antes de tokenizar inmuebles en España

  • ¿Es legal la tokenización inmobiliaria en España?

    ¿Es legal la tokenización inmobiliaria en España?

    Sí. España reconoce los valores registrados mediante tecnología de registro distribuido, bajo supervisión de la CNMV, y las emisiones se inscriben en un registro público.

  • ¿Necesito una licencia?

    El registro de inversores debe llevarlo una entidad autorizada para custodiar instrumentos financieros en España, y nosotros conectamos una junto a la plataforma. Lo demás depende de cómo se estructure la oferta, y eso lo resuelve tu abogado en la primera llamada.

    ¿Necesito una licencia?

    El registro de inversores debe llevarlo una entidad autorizada para custodiar instrumentos financieros en España, y nosotros conectamos una junto a la plataforma. Lo demás depende de cómo se estructure la oferta, y eso lo resuelve tu abogado en la primera llamada.

  • ¿Necesito un folleto?

    No por debajo de doce millones de euros en doce meses, lo que cubre la mayoría de operaciones de un solo activo y de carteras pequeñas. El umbral subió desde 8 millones el 5 de junio de 2026. Por encima, o si quieres distribuir en toda la UE, sí.

    ¿Necesito un folleto?

    No por debajo de doce millones de euros en doce meses, lo que cubre la mayoría de operaciones de un solo activo y de carteras pequeñas. El umbral subió desde 8 millones el 5 de junio de 2026. Por encima, o si quieres distribuir en toda la UE, sí.

  • ¿Quién compra esto en la práctica?

    Bajo la exención, sobre todo inversores españoles y de la UE, ya que las ofertas exentas no pueden pasaportarse a inversores profesionales del resto de la UE. Con un folleto aprobado el universo se amplía a toda la unión. Nosotros aportamos la plataforma, no la demanda.

    ¿Quién compra esto en la práctica?

    Bajo la exención, sobre todo inversores españoles y de la UE, ya que las ofertas exentas no pueden pasaportarse a inversores profesionales del resto de la UE. Con un folleto aprobado el universo se amplía a toda la unión. Nosotros aportamos la plataforma, no la demanda.

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Última actualización: 07-08-2026

La información de esta página es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, financiero, de inversión o fiscal.
Tokenizer.Estate proporciona una plataforma para la tokenización de bienes raíces y lo conecta con socios locales autorizados, pero no proporcionamos orientación legal o regulatoria.
Consulte a profesionales calificados en su jurisdicción antes de tomar decisiones de inversión o tokenización.

Fuentes y referencias

  1. BOE. Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión
  2. CNMV. Comisión Nacional del Mercado de Valores
  3. Reglamento de Folletos de la UE 2017/1129
  4. Ley de Cotización de la UE. Reglamento 2024/2809, umbral elevado a 12 M€, aplicable desde el 5 de junio de 2026
  5. MiCA. Reglamento 2023/1114, artículo 2(4), exclusión de los instrumentos financieros
  6. Régimen piloto DLT de la UE. Reglamento 2022/858
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